
AIRAE Newsletter – Curiosidades sobre Servidumbres Aeronáuticas 11
Buenos días,
Aquí tienes la Newsletter de AIRAE, donde te mantenemos al día en todo lo relacionado con las Servidumbres Aeronáuticas y su afección a vuestra actividad. ¡Esperamos que te resulte interesante!
¿Sabías que…?
– ¿Cuándo es necesaria autorización de servidumbres aeronáuticas? para cualquier construcción o instalación que se encuentre:
- En terrenos afectados por servidumbres aeronáuticas
- Fuera de servidumbres si superan los 100m de altura
Más información sobre las autorizaciones de SSAA: https://www.airae.es/servicios/autorizacion-aesa/
– ¿Quién autoriza?
- La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, AESA: bajo servidumbres aeronáuticas civiles, radioayudas remotas y fuera de servidumbres para obstáculos que superen los 100m
- El Ministerio de Defensa: bajo servidumbres aeronáuticas militares
– ¿Plazos?
- 6 meses, en zonas afectadas por servidumbres aeronáuticas
- 3 meses, fuera de servidumbres si la altura supera los 100m
- Silencio administrativo DESFAVORABLE
Como siempre, más información en nuestra web: www.airae.es